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· DENUNCIAS / QUEJAS

 

1. Denuncias de Inspección.

Normativa:

  • Ley 15/2001, de 14 de Diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura de acuerdo con lo establecido en Artículo 189.
  • Función inspectora ( Art. 192), se consideran clandestinas las obras que se realicen o se hayan realizados sin contar con la perceptiva licencia y en la Ordenanza Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios Municipales de Orden Urbanístico.

Procedimiento:

  • Recabar información en Archivos y Registros de la Delegación de Urbanismo para ver que se cumplen todos los requisitos y fechas de emisión de las licencias.
  • Censar, informar conocimiento de las mismas y de cualquier por menor detectado en las visitas (temporalmente paradas, en proceso de legalización...etc.)

Trabajo de campo:

  • Se pueden dar varios casos, los más usuales se darían en visita de rutina para comprobar una licencia de obra emitida por la administración y que una vez realizada visita se comprobara que no se ajuste a esta, o por el contrario el echo de las obras no contaran con la pertinente licencia, las cuales serian consideradas ilegales o clandestinas.
  • Se informa de las obras o actividades no autorizadas, al Servicio Jurídico.
  • Ante un proceso sancionador y con expediente abierto por el servicio jurídico, una vez recibido por parte de la propiedad/promotor la notificación de presidencia se requiere en la mayoría de los casos del servicio de disciplina urbanística se gire nueva visita para comprobar que las obras han cesado.
  • Se realiza reportaje fotográfico del estado actual y se adjunta al expediente.

 

2. Denuncias o quejas desde la Policía Local.

Procedimiento:

  • A petición de la Policía Local o persona interesada que antepuso queja o denuncia y ante solicitud al  Jefe Adjunto de Sección o de la persona Responsable en su caso, recabar información en Archivos y Registro de la Delegación de Urbanismo para comprobar el estado de dicha queja/denuncia.
  • Procesar y compilar, toda la información de mencionadas quejas/denuncias.
  • Censar, Informa y dar conocimiento de las mismas y de cualquier por menor detectado  en las visitas.

Trabajo de campo:

  • Se gira visita para comprobar in-situ los hechos de la queja/denuncia  recibida desde Policía Local.
  • Dado el amplio campo de estas y las diversas tipologías de las mismas, se informa de las obras o actividades, si las mismas están o no autorizadas, se de conocimiento y  se da traslado al  Servio o Delegación  competente. (Por ejemplo Servicio Jurídico.).
  • Se realiza reportaje fotográfico del estado actual y se adjunta al expediente.

 

3. Denuncias o quejas ciudadanas.

Derechos del Ciudadano:

  • A petición del ciudadano o persona interesada que interpuso queja o denuncia, mediante solicitud de Expongo ante el registro del Ayto. y ante solicitud al  Jefe Adjunto de Sección o de la persona Responsable en su caso, recabar información en Archivos y Registro de la Delegación de Urbanismo para comprobar el estado de dicha queja/denuncia.
  • Procesar y compilar, toda la información de mencionadas quejas/denuncias.
  • Censar, Informa y dar conocimiento de las mismas y de cualquier por menor detectado  en las visitas.

Trabajo de campo:

  • Se gira visita para comprobar in-situ los hechos de la queja/denuncia interpuesta ante la administración.
  • Dado el amplio campo de estas y las diversas tipologías de las mismas, se informa de las obras o actividades, si las mismas están o no autorizadas, se de conocimiento y  se da traslado al  Servio o Delegación  competente.
  • Se realiza reportaje fotográfico del estado actual y se adjunta al expediente.

 

4. Cerramientos Insalubridad

Normativa:

  • Ley 15/2001, de 14 de Diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura.
  • P.G.O.U, Capítulo III: El deber de conservación. Sección Primera: Deberes generales de conservación de los bienes inmuebles.
  • Ordenanza Municipal de vallado en la vía pública por acuerdo plenario con fecha 5 de Noviembre de 2004.

Procedimiento:

  • Censar todos los solares que se encuentren sin unas condiciones mínimas de seguridad, salubridad y ornato.
  • Procesar y compilar, toda la información de mencionados predios.
  • Censar, Informar y dar conocimiento de las mismas y de cualquier por menor detectado  en las visitas.

Trabajo de campo:

  • Se gira visita para comprobar in-situ el predio.
  • Ampliar el trabajo de Gabinete en investigar sobre el terreno cualquier indicio que nos pueda revelar la propiedad de mencionados terrenos.
  • Se realiza reportaje fotográfico del estado actual y se adjunta al expediente.

 
   
 
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